Por Canuto  

La Dirección General de Tributos de España aclaró que las criptomonedas en autocustodia quedan fuera del Modelo 721 si el contribuyente conserva sus claves privadas. La obligación puede activarse, en cambio, cuando un custodio extranjero controla o salvaguarda esas claves, mientras que DAC8 mantiene obligaciones de reporte separadas para ciertos movimientos.
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  • La DGT concluyó en la consulta V0848/26 que los activos en autocustodia no se incluyen en el Modelo 721 cuando el contribuyente controla sus claves.
  • La conexión a internet o el uso de una cartera caliente o fría no determina la obligación: el criterio central es quién tiene la custodia.
  • La exclusión del Modelo 721 no elimina otros reportes: DAC8 puede exigir a proveedores informar sobre transacciones entre plataformas reguladas y direcciones externas.


La Dirección General de Tributos de España aclaró que las criptomonedas en autocustodia no deben incluirse en el Modelo 721 cuando el contribuyente conserva el control de sus claves privadas. La interpretación, recogida en la consulta vinculante V0848/26, pone el foco en quién salvaguarda los activos y no en si la cartera está conectada a internet o utiliza un dispositivo físico.

El criterio no elimina las obligaciones para quienes mantienen criptoactivos bajo custodia de proveedores extranjeros ni modifica otros regímenes de reporte. Según la información publicada por crypto.news, la Agencia Tributaria diferencia entre la autocustodia y los servicios de terceros, mientras que las reglas europeas de DAC8 pueden generar registros sobre transacciones que involucren direcciones externas.

El control de las claves define el alcance del Modelo 721

El Modelo 721 cubre monedas virtuales situadas en el extranjero cuando una entidad mantiene, almacena o transfiere esos activos, o salvaguarda las claves privadas en nombre de sus clientes. La condición de que el proveedor sea extranjero importa una vez que existe esa relación de custodia; la mera posibilidad de acceder a una cartera desde otro país no basta para que sus saldos queden dentro de la declaración.

La Agencia Tributaria aplica el marco a personas físicas y jurídicas residentes en España, establecimientos permanentes en el país pertenecientes a no residentes y otras entidades contempladas en la Ley General Tributaria. También pueden quedar alcanzados beneficiarios, personas autorizadas o quienes tengan derechos de disposición sobre las tenencias, siempre que se cumplan los demás requisitos de declaración.

La diferencia práctica está en quién controla las credenciales que permiten acceder a los criptoactivos. Si el propio contribuyente conserva sus claves y no depende de un tercero para salvaguardarlas, los activos bajo ese acuerdo no se suman a los saldos cubiertos por el Modelo 721, según la interpretación fiscal española.

Por ese motivo, la conexión a internet no determina el tratamiento fiscal. Una cartera caliente puede quedar fuera del Modelo 721 si el usuario conserva sus claves, y una cartera fría o de hardware puede recibir el mismo tratamiento; lo decisivo es la custodia efectiva, no la tecnología empleada.

La consulta vinculante examinó una sociedad estadounidense

La consulta V0848/26, emitida el 21 de abril, analizó el caso de un residente español que creó en 2025 una sociedad de responsabilidad limitada en Estados Unidos para mantener criptoactivos a largo plazo. El contribuyente era el único socio de la LLC y había transferido criptomonedas desde una cartera personal a la empresa, por lo que la DGT examinó tanto su participación societaria como los activos digitales bajo las reglas de declaración de bienes en el extranjero.

Para las criptomonedas, la autoridad consideró dos escenarios de custodia. Si el contribuyente guardaba las claves privadas por sí mismo, incluso mediante un dispositivo físico, las tenencias no quedaban sujetas al requisito del Modelo 721, sin importar que utilizara una cartera caliente o fría.

El resultado podía cambiar si un tercero extranjero salvaguardaba las claves en nombre del contribuyente. En ese supuesto, los criptoactivos podían entrar en el ámbito de la declaración si también se cumplían las demás condiciones aplicables, incluida la relación de custodia y la ubicación extranjera del proveedor.

La ubicación internacional de una red blockchain tampoco sustituye esos requisitos. Un saldo no pasa a ser declarable simplemente porque la red opere en distintos países o porque la cartera pueda consultarse desde el exterior; primero debe existir un custodio que encaje en la definición prevista por el marco.

Una regla centrada en custodia, no en el dispositivo

La interpretación española toma en cuenta la definición de custodia del reglamento europeo de Mercados de Criptoactivos, conocido como MiCA. Ese marco describe la custodia y administración en nombre de clientes como la salvaguarda o el control de criptoactivos, o de los medios para acceder a ellos, y las claves privadas pueden funcionar precisamente como esos medios.

En consecuencia, el criterio distingue a quienes conservan sus propias claves de los clientes cuyos activos o credenciales controla un proveedor de servicios. Para el Modelo 721, la pregunta relevante no es si el usuario eligió una aplicación, un teléfono o un equipo desconectado, sino si un tercero actúa en su nombre para proteger o administrar el acceso.

La custodia regulada también forma parte del mercado cripto español. En junio, Cecabank lanzó una plataforma de custodia regulada después de recibir autorización para custodia de criptoactivos, transferencias y recepción y transmisión de órdenes bajo MiCA; Renta 4 Banco estuvo entre las primeras instituciones que utilizaron esa infraestructura.

Cecabank aporta infraestructura de custodia y bancaria, mientras Bit2Me gestiona áreas como la ejecución de operaciones, la liquidez y el acceso al mercado. El banco obtuvo autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España y estaba registrado en el Banco de España como proveedor de servicios de criptoactivos, según la información de la fuente.

La exclusión no elimina otros reportes fiscales

Quedar fuera del Modelo 721 no significa que toda actividad de una cartera de autocustodia permanezca fuera de los sistemas de información fiscal. DAC8, el régimen europeo de reporte fiscal para criptoactivos, entró en vigor el 1 de enero de 2026 y obliga a proveedores cubiertos a recopilar información sobre usuarios y transacciones reportables.

Cuando los activos pasan de una plataforma regulada a una dirección externa, incluidos monederos de autocustodia, los proveedores sujetos al régimen pueden recopilar datos de la transacción. Esa obligación corresponde al proveedor cubierto y es independiente del examen que aplica España a los saldos extranjeros custodiados por terceros bajo el Modelo 721.

El calendario también puede importar cuando una persona deja de tener los activos o derechos antes del cierre del año. Quienes fueron propietarios, beneficiarios, autorizados o tuvieron derechos de disposición durante el período pueden seguir obligados a informar sobre la fecha en que terminó esa condición, aunque ya no mantengan las tenencias el 31 de diciembre.

El marco contempla además situaciones sucesorias: las herencias yacentes pueden tener que declarar si encajan en las entidades cubiertas por el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria. Para herederos y legatarios, la obligación pertinente puede surgir una vez que aceptan la herencia de forma expresa o tácita, de acuerdo con las reglas descritas por la fuente.

España introdujo el esquema de declaración de criptomonedas en el extranjero en 2023 y el primer período de presentación transcurrió en 2024. La información publicada sitúa en EUR €50.000 el umbral aplicable a la obligación, pero la consulta reciente precisa una cuestión distinta: las tenencias autocustodiadas no entran en el cálculo cuando el contribuyente mantiene el control de sus claves privadas.


Imagen original de DiarioBitcoin, creada con inteligencia artificial, de uso libre, licenciada bajo Dominio Público.

Este artículo fue escrito por un redactor de contenido de IA y revisado por un editor humano para garantizar calidad y precisión.


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