Por Canuto  

Un juez federal otorgó USD $147 millones en honorarios al equipo legal que demandó a Google, después de que un jurado concluyera que la empresa rastreó en secreto la actividad de aplicaciones de 98 millones de usuarios que habían rechazado el seguimiento.
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  • El juez Richard Seeborg concedió aproximadamente USD $147 millones en honorarios a los abogados del caso contra Google.
  • El fondo común alcanzó cerca de USD $440,35 millones tras sumar intereses al veredicto original de USD $425,65 millones.
  • Los usuarios afectados podrían recibir menos de USD $5 cada uno, una diferencia que generó objeciones dentro de la demanda colectiva.


Un juez federal de San Francisco otorgó aproximadamente USD $147 millones en honorarios a los abogados que llevaron una demanda colectiva contra Google por presuntas violaciones de privacidad. La decisión llegó después de que un jurado determinara que la empresa recopiló en secreto datos sobre la actividad de aplicaciones de unos 98 millones de usuarios que habían indicado expresamente que no querían ser rastreados.

El fallo fue emitido por el juez de distrito de Estados Unidos Richard Seeborg en el caso Rodriguez et al v. Google LLC, iniciado en julio de 2020 por el demandante principal, Anibal Rodriguez. El monto representa cerca de un tercio del fondo común disponible para la clase, que aumentó hasta aproximadamente USD $440,35 millones después de incorporar los intereses previos al juicio.

El alcance del veredicto contra Google

La controversia se concentró en la recopilación de información relacionada con la actividad de aplicaciones, incluso después de que los usuarios desactivaran funciones de rastreo. Según los hechos recogidos en el caso, esa práctica alcanzó a una cantidad estimada de 98 millones de personas, quienes habían comunicado a Google su decisión de no participar en ese seguimiento.

El jurado fijó la responsabilidad de Google en septiembre de 2025 y estableció USD $425,65 millones en daños compensatorios. Esa cifra no permaneció estática durante el proceso posterior, porque los intereses previos al juicio elevaron el total hasta cerca de USD $440,35 millones, la base sobre la que el tribunal calculó la distribución y los honorarios.

La decisión no equivale a una acusación general contra todas las prácticas de datos de la compañía, sino a una conclusión específica sobre la conducta examinada en este litigio. El jurado entendió que continuar recopilando información de usuarios que habían optado por no ser rastreados cruzó el límite legal aplicable al caso.

Seeborg también rechazó la solicitud de Google para anular el fallo del jurado, con lo que mantuvo vigente la conclusión de responsabilidad y el monto de los daños. La resolución reforzó la posición de los demandantes después de un juicio de varias semanas, aunque todavía dejó bajo atención pública la forma en que se repartiría el dinero entre abogados y usuarios.

Cómo se calcularon los honorarios legales

El equipo de abogados estuvo encabezado por Boies Schiller Flexner LLP, Susman Godfrey LLP y Morgan & Morgan. En conjunto, los profesionales registraron más de 49.670 horas de trabajo durante el litigio, una cifra que incluyó la investigación, el descubrimiento de pruebas, las mociones previas al juicio y la preparación del proceso oral.

El cálculo base de honorarios razonables, conocido en el expediente como lodestar, superó los USD $56 millones. Para llegar a esa cifra, el tribunal consideró las horas informadas por los abogados y sus tarifas, entre ellas la de David Boies, quien facturó USD $2.730 por hora.

El premio final de casi USD $147 millones equivale a un multiplicador aproximado de 2,6 veces el lodestar. El juez describió el litigio como un caso de circunstancias extraordinarias y consideró que la complejidad, la duración y el resultado obtenido justificaban una compensación superior al cálculo horario básico.

En las demandas colectivas, los honorarios suelen calcularse como una proporción del fondo recuperado, especialmente cuando los abogados asumen durante años el costo y el riesgo de llevar el caso sin una garantía de pago. En esta ocasión, el tribunal vinculó el premio con el desempeño del equipo y con la magnitud del resultado, pese a las críticas que generó la diferencia entre la retribución legal y la recuperación individual.

La brecha entre abogados y usuarios

La distribución prevista expuso una tensión habitual en los litigios colectivos de privacidad: el fondo puede alcanzar cientos de millones de dólares, pero la compensación de cada persona termina siendo reducida cuando la clase incluye a decenas de millones de usuarios. En este caso, se espera que cada uno de los aproximadamente 98 millones de afectados reciba menos de USD $5.

La diferencia provocó objeciones de algunos integrantes de la clase al premio de honorarios. Esas objeciones no resultan inusuales en casos de gran escala, donde los participantes comparan el beneficio individual con el pago concedido a los abogados que representaron al grupo durante años.

Seeborg reconoció esa disparidad al revisar la solicitud, pero finalmente se inclinó por aprobar el monto pedido por los representantes legales. Su razonamiento tomó en cuenta la complejidad del litigio, el volumen de trabajo documentado y la conclusión favorable obtenida frente a una de las principales compañías tecnológicas del mundo.

El resultado también muestra una dificultad práctica de las indemnizaciones colectivas por privacidad: incluso un fondo de más de USD $440 millones puede diluirse entre una clase extraordinariamente amplia. La cifra total llama la atención por su tamaño, pero la experiencia de cada usuario dependerá de los mecanismos de distribución que establezca el proceso.

Un litigio de más de cinco años

Rodriguez presentó la demanda contra Google en julio de 2020, dando inicio a un proceso que se extendió durante más de cinco años. El expediente atravesó una etapa extensa de descubrimiento de pruebas, múltiples mociones previas al juicio y un proceso de varias semanas antes de llegar al veredicto de nueve cifras.

La duración del caso fue uno de los elementos que el juez tuvo en cuenta al analizar el trabajo de los abogados. Para los demandantes, el tiempo invertido permitió examinar las prácticas de recopilación de datos y presentar ante el jurado la cuestión de si Google siguió obteniendo información después de que los usuarios desactivaran el seguimiento.

Google intentó anular el fallo del jurado mediante una moción posterior al juicio, pero Seeborg la rechazó y confirmó el veredicto en su totalidad. Con esa decisión, el tribunal mantuvo tanto la determinación de responsabilidad como la estructura económica derivada de los daños y los intereses.

El caso deja abierta la discusión sobre la eficacia de las demandas colectivas como herramienta para proteger la privacidad digital. Aunque la resolución concede un fondo considerable y reconoce el trabajo legal realizado, la recuperación individual inferior a USD $5 alimenta el debate sobre si estos mecanismos ofrecen una compensación proporcional al alcance de la vigilancia denunciada.

Implicaciones para la privacidad digital

La disputa refleja el valor económico de los datos generados por las aplicaciones y la importancia de las opciones mediante las cuales los usuarios aceptan o rechazan el rastreo. Cuando una compañía continúa recopilando información después de recibir una instrucción de exclusión, el conflicto deja de ser únicamente técnico y pasa a involucrar expectativas de consentimiento y responsabilidad empresarial.

El veredicto tampoco significa que toda recopilación de datos tecnológicos sea ilegal, ya que el alcance de la decisión se relaciona con las circunstancias concretas examinadas por el jurado. Su importancia reside en que una opción de privacidad desactivada puede convertirse en el centro de un litigio masivo si los demandantes sostienen que la empresa no respetó esa elección.

Para los usuarios, el caso evidencia la diferencia entre controlar una configuración en una aplicación y obtener una garantía verificable de que la información dejó de recopilarse. Para las empresas, muestra que las políticas de privacidad, los controles de seguimiento y la forma en que se procesan los datos pueden terminar evaluados en tribunales, con consecuencias financieras que superan ampliamente el valor de una reclamación individual.

Por ahora, la resolución de Seeborg consolida el veredicto y aprueba una compensación extraordinaria para el equipo jurídico, mientras la clase espera la distribución de los fondos. El desenlace combina una sanción de cientos de millones de dólares con pagos individuales modestos, una paradoja que seguirá marcando la conversación sobre privacidad y demandas colectivas en el sector tecnológico.


Imagen original de DiarioBitcoin, creada con inteligencia artificial, de uso libre, licenciada bajo Dominio Público.

Este artículo fue escrito por un redactor de contenido de IA y revisado por un editor humano para garantizar calidad y precisión.


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