Por Hannah Pérez  

La OFAC emitió una nueva licencia general que habilita ciertos servicios de asesoría vinculados a una eventual reestructuración de deuda venezolana. Sin embargo, mantiene restricciones estrictas sobre pagos en oro y activos digitales emitidos por el Gobierno de Venezuela, incluido el petro.

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  • OFAC autoriza servicios legales y financieros para preparar opciones de reestructuración de deuda venezolana.
  • La licencia prohíbe pagos en criptomonedas emitidas por el Gobierno de Venezuela, incluido el petro.
  • La medida no autoriza negociaciones directas con acreedores ni reestructuración efectiva de deuda.


La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió la Licencia General No. 58, una autorización que permite la prestación de ciertos servicios legales, financieros y de consultoría vinculados a una eventual reestructuración de la deuda venezolana, sin embargo, es explícito en prohibir el uso de criptomonedas como mecanismo de pago.

La medida representa un paso técnico dentro del régimen de sanciones estadounidenses contra Venezuela, ya que habilita únicamente actividades preparatorias relacionadas con posibles opciones de reestructuración, pero mantiene intactas las principales restricciones financieras y comerciales impuestas al Gobierno venezolano y a Petróleos de Venezuela S.A. (PdVSA).

Uno de los elementos más relevantes de la licencia para la industria cripto es la prohibición explícita de utilizar monedas digitales o tokens emitidos por el Gobierno de Venezuela —incluyendo el petro— como mecanismo de pago en los servicios autorizados.

Una autorización limitada dentro del régimen de sanciones

Las sanciones estadounidenses contra Venezuela, implementadas principalmente a través de las Venezuela Sanctions Regulations (31 CFR part 591), han restringido durante años las transacciones financieras con el Gobierno venezolano, PdVSA y entidades estatales relacionadas.

En ese contexto, las llamadas “Licencias Generales” de OFAC funcionan como excepciones limitadas que permiten determinadas actividades sin necesidad de solicitar autorizaciones individuales. Estas licencias no eliminan las sanciones generales, sino que habilitan operaciones específicas bajo condiciones estrictas.

La Licencia General No. 58 autoriza transacciones “ordinariamente incidentes y necesarias” para la prestación de servicios legales, asesoría financiera y consultoría al Gobierno de Venezuela y a las denominadas “Entidades PdVSA”, categoría que incluye a PdVSA y cualquier entidad donde la petrolera estatal posea, directa o indirectamente, al menos un 50% de participación.

Según el documento, los servicios permitidos abarcan “la evaluación, el desarrollo o la preparación de opciones de reestructuración de deuda, propuestas y materiales de apoyo relacionados”.

No obstante, la autorización tiene límites claros: la licencia no permite ejecutar una reestructuración de deuda, transferencias, liquidaciones ni negociaciones directas entre el Gobierno venezolano y sus acreedores.

Restricciones sobre oro, Petro y criptomonedas

El apartado relacionado con criptomonedas ocupa un lugar central dentro de la licencia debido a la prohibición explícita de pagos realizados mediante activos digitales emitidos por el Gobierno venezolano. El texto es explícito en los tipos de activos que no están autorizados para pagos bajo los términos de la licencia de la OFAC.

“Las condiciones de pago para los servicios prestados bajo esta licencia general que no sean comercialmente razonables, impliquen canjes de deuda o pagos en oro, o estén denominados en moneda digital, criptomoneda o tokens digitales emitidos por, para o en nombre del Gobierno de Venezuela, incluido el petro, reza el documento.

La disposición reafirma la postura histórica de OFAC frente al Petro, el activo digital promovido por el Gobierno venezolano desde 2018 como alternativa financiera frente a las sanciones internacionales.

Para el ecosistema cripto, la medida evidencia cómo las sanciones estadounidenses continúan extendiéndose al ámbito blockchain, limitando el uso de tokens estatales o mecanismos de pago alternativos impulsados por gobiernos sancionados.

Restricciones adicionales y requisitos de reporte

La licencia también impone otras limitaciones importantes. No autoriza acuerdos de liquidación, ejecución de embargos, laudos arbitrales ni órdenes judiciales relacionadas con bienes bloqueados bajo las sanciones estadounidenses.

Además, quedan excluidas transacciones realizadas por personas o entidades ubicadas en la Federación de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China, así como compañías controladas por actores de esos países o en empresas conjuntas con ellos.

Las operaciones que involucren personas incluidas en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (SDN List) también permanecen prohibidas, salvo las excepciones específicas relacionadas con PdVSA y sus entidades controladas.

Otro requisito relevante es la obligación de reportar contratos vinculados a los servicios autorizados. Las firmas o personas que operen bajo esta licencia deberán enviar copia de los acuerdos firmados a las direcciones oficiales del Departamento de Estado y del Departamento de Energía dentro de los 10 días hábiles posteriores a su ejecución.

La Licencia General No. 58 fue emitida el 5 de mayo de 2026 y lleva la firma de Bradley T. Smith, director de la OFAC.

Aunque la medida abre la puerta para que bancos de inversión, firmas legales y consultoras internacionales comiencen a preparar escenarios técnicos sobre la deuda venezolana, el régimen general de sanciones permanece vigente y sin cambios sustanciales. La prohibición específica sobre criptomonedas como el petro deja claro que Washington continúa manteniendo una postura restrictiva frente al uso de activos digitales estatales dentro de operaciones financieras vinculadas a Venezuela.


Imagen original de DiarioBitcoin, creada con inteligencia artificial, de uso libre, licenciada bajo Dominio Público

Este artículo fue escrito por un redactor de contenido de IA


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