Por DiarioBitcoin   @diariobitcoin

En las libretas de las cuentas de ahorro o en los estados de cuenta de los clientes bancarios deberá indicar el monto tanto en bolívares como en petros.


Los medios de comunicación venezolanos publicaron ayer la noticia de que la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) ordenó a todos los bancos, públicos y privados, que adoptasen el petro (criptomoneda venezolana del gobierno) como unidad de cuenta de todos sus instrumentos de captación. Asimismo, debe reflejarse junto al Bolívar Soberano (Bs.S) -la nueva moneda fiat oficial-, en todos los medios digitales, electrónicos o impresos en los que se dé información monetaria.

Informa El Universal que Sudeban en boletín de prensa establece que la medida “va en concordancia con el proceso de reconversión monetaria implementado por el Ejecutivo nacional el pasado 20 de agosto”.
Según la información de ese medio, los bancos deberán realizar las adecuaciones correspondientes en la plataforma tecnológica que soporta la página web de cada Institución, para mostrar en las diferentes pantallas de consulta de los instrumentos de captación, colocación y fideicomisos de los clientes, como información adicional, todas las operaciones, transacciones y movimientos en la unidad de cuenta petro, así como, se presenta en Bolívares (Bs.S). “Dicha unidad de cuenta petro deberá ser reexpresada de acuerdo con el valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV) diariamente”, reseñó AVN.
El petro además debe aparecer en los distintos medios impresos que tiene el banco como libretas de ahorro o estados de cuenta. El gobierno añadió que se harán campañas comunicacionales “a fin de evitar confusiones por el cambio en la presentación de la información reflejada en sus instrumentos”.
La circular, que tiene fecha 23 de agosto, prevé “generar mecanismos de control a fin de garantizar que la información presentada esté acorde y actualizada a lo solicitado”.
Además el organismo destacó que el lineamiento obedece al numeral 26 del artículo 171 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y en el marco del Programa de Recuperación, Crecimiento y Prosperidad Económica del País, con el fin de “salvaguardar los intereses de los usuarios y del público en general”.
Versión de DiarioBitcoin
Imagen de Wikimedia y Canva

ADVERTENCIA: Este es un artículo de carácter informativo. DiarioBitcoin es un medio de comunicación, no promociona, respalda ni recomienda ninguna inversión en particular. Vale señalar que las inversiones en criptoactivos no están reguladas en algunos países. Pueden no ser apropiadas para inversores minoristas, pues se podría perder el monto total invertido. Consulte las leyes de su país antes de invertir.