Por Hannah Pérez  

La CNMV aclara los criterios para la autorización y transición al reglamento MiCA en España. Exige a los exchanges de criptomonedas solicitar autorización y adaptarse a la nueva regulación europea antes de julio de 2026. 

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  • La CNMV de España aclara los criterios para la autorización y transición al reglamento MiCA. 
  • Exige a los exchanges cripto solicitar autorización y adaptarse a la nueva regulación europea.
  • El período de transición a MiCA en España concluirá el 30 de julio de 2026.
  • Otras naciones de la UE también publican reglas de implementación y transición a MiCA. 

 

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de España publicó el lunes un nuevo bloque de preguntas y respuestas (Q&A) sobre el Reglamento europeo de Mercados en Criptoactivos (MiCA), con el objetivo de orientar a las entidades del sector durante la transición hacia este marco regulatorio unificado.

El documento, actualizado a fecha reciente, difunde los criterios que la CNMV aplicará en los expedientes de autorización y notificaciones para proveedores de servicios de criptomonedas (PSCA o CASP, por sus siglas en inglés). Además, establece pautas claras para la prestación de servicios sobre criptomonedas, como la custodia y administración, donde se exige la devolución íntegra de los activos custodiados (sin incluir fiat ni equivalentes) y la facilitación del ejercicio de derechos asociados, sin cláusulas que limiten estos derechos o fuercen retiradas.

Entre las orientaciones destacadas, la CNMV precisa los requisitos para las solicitudes de autorización bajo los artículos 62 y 63 de MiCA, incluyendo documentación como cuentas anuales auditadas, planes de continuidad de negocio (con preselección de proveedores alternativos y plazos razonables para sustitución) y estrategias detalladas para funciones esenciales. Las entidades financieras autorizadas pueden optar por notificaciones simplificadas, aunque se excluyen ciertas figuras como las empresas de asesoramiento financiero nacional (EAFN).

Período transitorio para los exchanges cripto en España

Un apartado clave del Q&A aborda el período transitorio, que permite a los proveedores existentes operar bajo normas nacionales hasta su finalización. En España, este período concluirá el 1 de julio de 2026, alineándose con el máximo de 18 meses previsto en MiCA tras su plena aplicación el 30 de diciembre de 2024.

La CNMV enfatiza la necesidad de que los intercambios de criptomonedas soliciten la autorización con suficiente antelación para evitar interrupciones, ya que, una vez agotado el transitorio, solo podrán operar los PSCA autorizados expresamente. Aquellas que no obtengan la licencia deberán cesar actividades o adaptar sus modelos de negocio.

El documento también resuelve dudas sobre la interacción con registros nacionales, como el del Banco de España para proveedores de servicios de cambio de moneda digital por fiduciaria y custodia de monederos electrónicos (VASP).

Durante la transición, los PSCA podrán subcontratar ciertos servicios a VASP, pero esta opción desaparecerá al finalizar el período. Asimismo, se limitará la captación de clientes mediante agentes o terceros no autorizados, permitiendo solo promoción publicitaria o programas de referidos no profesionales.

Países de la UE establecen criterios para adaptarse a MiCA

Las preguntas y respuestas van acompañadas de nuevos criterios sobre cómo se aplicará MiCA a fondos, vehículos de capital de riesgo y entidades MiFID II, así como orientación actualizada sobre cuándo se considera que influencers relacionados con las inversiones participan en la captación de clientes. Para ello el regulador actualizó un segundo documento de preguntas y respuestas.

Estas aclaraciones forman parte de un esfuerzo más amplio de la CNMV por fortalecer la protección al inversor y facilitar la adaptación al nuevo régimen europeo, que busca uniformar la regulación de emisión, oferta y servicios relacionados con criptomonedas en el bloque.

La medida coloca a España junto a otros estados miembros de la UE. En Italia, el regulador CONSOB también fijó el 30 de diciembre como fecha límite para que los VASP existentes soliciten autorización o se retiren ante la entrada en vigor completa de MiCA. En ese país, aquellos que presenten solicitud podrán operar de manera transitoria hasta junio de 2026, hasta obtener el permiso oficial.

El organismo español supervisará con rigor los expedientes, recomendando a las empresas preparar solicitudes completas y anticipadas para garantizar la continuidad operativa más allá de julio de 2026.

El Q&A está disponible en la web oficial de la CNMV y no tiene carácter normativo, sino orientativo para el sector.


Artículo redactado con ayuda de IA, editado por DiarioBitcoin

Imagen de Unsplash


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