Por Andrés David Martinez   @Andres_M14

El Consejo de Estabilidad Financiera del G20 ha detallado cómo la Unión Europea y sus países miembros están regulando los activos criptográficos. En la mayoría de los casos, los activos criptográficos son supervisados por varios reguladores. ***

 


El Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés), un organismo internacional que monitorea y hace recomendaciones sobre el sistema financiero mundial, ha listado cuatro reguladores de activos criptográficos en la Unión Europea (UE).

El primero es la Comisión Europea, que es responsable de planificar, preparar y proponer legislación, incluida la relativa a las criptomonedas, si “decide proponer dicha legislación“, aclaró el FSB. La Comisión también supervisa la eficacia de las reformas del sector financiero y responde a los nuevos riesgos para la estabilidad financiera.

Otro regulador es la Autoridad Bancaria Europea (ABE), cuyas funciones incluyen la realización de “análisis periódicos de horizontes en relación con productos y servicios innovadores”, incluidos los relacionados con los activos criptográficos, “desde el punto de vista de la supervisión del impacto en el sistema financiero, y de la idoneidad del perímetro regulador en virtud de la legislación de la UE“.

El tercer regulador es la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación, que supervisa la evolución de las criptomonedas y las Ofertas Iniciales de Criptomonedas (ICO) en el sector de los seguros.

Por último, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEMV) es responsable de salvaguardar la estabilidad del sistema financiero de la UE. En cuanto a los activos criptográficos, la AEVM publicó en enero un aviso a las instituciones europeas en el que reconocía que los activos criptográficos con ciertas características son instrumentos financieros y deberían ser supervisados como tales, según elaboró el FSB:

El asesoramiento también recomendaba el establecimiento de un régimen a medida para determinados tipos de activos criptográficos que quedan fuera del ámbito de aplicación de los instrumentos financieros en virtud de la Directiva sobre mercados de instrumentos financieros.

Francia

Francia, país del G20 y miembro del FSB, cuenta con cuatro reguladores que supervisan los activos criptográficos.

La Dirección General del Tesoro (DG Trésor) trabaja bajo la autoridad del Ministerio de Economía, Finanzas e Industria para preparar “la legislación y la regulación del mercado financiero de los activos virtuales, ya sean instrumentos financieros tradicionales o activos que no entran dentro de las normas financieras tradicionales”, detalló la Junta.

La Autorité des Marchés Financiers, la autoridad de valores y mercados del país, es la encargada de regular los “criptoactivos que califican como valores transferibles a través de la supervisión de emisores e intermediarios en transacciones que involucran criptoactivos“.

Además, el FSB señaló que Banque de France, junto con la Autoridad de Supervisión Prudencial y Resolución, supervisa el sector financiero y garantiza el buen funcionamiento de los sistemas de pago y las infraestructuras de mercado, haciendo hincapié en ello:

La conversión de activos criptográficos en moneda fiduciaria a través de plataformas de Internet que desempeñan el papel de intermediarios entre compradores y vendedores se considera un servicio de pago y se requiere una autorización para prestar tales servicios.

Alemania

Tres reguladores supervisan los activos criptográficos en Alemania.

La principal es la Autoridad Federal de Supervisión Financiera (Bafin), que es responsable de la concesión de licencias y de las medidas de aplicación de la ley de las empresas relacionadas con la criptografía.

Bafin también es responsable de la “supervisión prudencial de los institutos autorizados, incluidos los que ofrecen servicios relacionados con los activos de criptografía“, la autorización de los derivados criptográficos, la supervisión ALD/CFT (antilavado de dinero y antifinanciamiento del terrorismo), así como la integridad del mercado y la supervisión de los activos criptográficos, las ofertas relacionadas y las plataformas de negociación criptográfica.

El segundo regulador es el Deutsche Bundesbank. En cooperación con Bafin, el banco central supervisa las actividades de servicios financieros regulados, incluyendo aquellas “relacionadas con fichas criptográficas en las instituciones financieras“, escribió el FSB. El banco también evalúa las implicaciones de los activos criptográficos desde el punto de vista de la vigilancia del sistema de pagos y de la política monetaria.

Por último, el Ministerio Federal de Finanzas, Bundesministerium der Finanzen, es responsable de la legislación relacionada con la criptografía.

Italia

Según el FSB, en Italia existen cinco reguladores de los activos criptográficos. El Ministerio de Economía y Finanzas contribuye al proceso de toma de decisiones relacionadas con la criptografía a nivel de la UE y establece el marco jurídico destinado a prevenir su utilización con fines ilícitos.

Luego está el banco central, Banca d’Italia (BdI), que es responsable del buen funcionamiento del sistema de pagos. La Junta describió:

En su calidad de supervisor, el BdI analiza la evolución de los activos criptográficos y evalúa los riesgos relacionados, dado que podrían tener un impacto en los mercados financieros y en los instrumentos e infraestructuras de los sistemas de pago.

Tras las recientes enmiendas a la legislación ALD/CFT del país, la Unidad de Inteligencia Financiera, Unità di Informazione Finanziaria per l’Italiain, “recibirá y analizará los reportes de transacciones sospechosas presentados por operadores de activos de criptomonedas“, señaló el FSB. El regulador difundirá “los resultados de los análisis a las autoridades competentes a efectos ALD/CFT“.

El siguiente regulador italiano es el Instituto de Supervisión de Seguros, que “sigue de cerca el desarrollo de los criptoactivos en Italia y el riesgo potencial para el sistema de seguros, tanto en el lado de los activos como en el de los pasivos”. También supervisa los productos de seguros con activos criptográficos como inversiones subyacentes.

El último regulador mencionado para el país es la Comisión Nacional de Empresas y Bolsa, que regula los activos criptográficos que son instrumentos financieros. Esto incluye la “supervisión de los lugares de negociación, la transparencia de las operaciones y la realización ordenada de las mismas“.

En el caso de los activos criptográficos que se consideran valores, el regulador supervisa a los intermediarios financieros y protege a los inversores, garantizando la “transparencia y la divulgación por parte de los emisores“.

España

España es miembro del FSB y de la UE, pero no del G20. No obstante, ha sido invitado bajo este término a la próxima cumbre del G20 en Japón. Hay cuatro reguladores españoles listados para los activos criptográficos.

El Banco de España, el banco central, garantiza “el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero“, incluida la supervisión de las pequeñas instituciones y su exposición a activos criptográficos, según informó el Consejo.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) supervisa y regula los activos criptográficos que son “instrumentos financieros (y más específicamente, valores mobiliarios)“, señala el FSB:

En particular, las actividades de recaudación de fondos en las que se emiten activos criptográficos, y que se consideran valores, entrarán en el ámbito de aplicación de la regulación específica de la oferta pública.

Además, en el marco de su mandato de protección de inversores, la CNMV realiza un seguimiento de los riesgos derivados de los activos criptográficos y publica información sobre entidades no autorizadas, así como advertencias a los inversores sobre las actividades criptográficas.

Otro regulador, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, regula a las compañías de seguros, intermediarios y fondos de pensiones y su exposición a los activos criptográficos.

Por último, el Ministerio de Economía y Competitividad es responsable del progreso financiero del país. “Desde que los facilitadores innovadores han ganado importancia, el Tesoro español ha lanzado una fórmula legal innovadora (el billete de caja de arena español) que cubre la protección del consumidor, la integridad del mercado y las normas ALD, además de permitir el desarrollo de una innovación financiera próspera”, concluyó el FSB.

Reino Unido

Tres reguladores han dividido un gran número de responsabilidades relacionadas con las criptomonedas en el Reino Unido.

El Tesoro del Reino Unido desarrolla políticas y trabaja con otros reguladores para “mejorar los resultados para los consumidores en el mercado de criptoactivos“, incluyendo “asegurar un marco legal robusto y efectivo y establecer el perímetro regulatorio“, afirma el FSB.

También promueve “el desarrollo y la adopción de tecnologías financieras innovadoras“, que incluyen “aplicaciones de criptografía de activos y tecnología de contabilidad distribuida“.

El Banco de Inglaterra supervisa “las exposiciones prudenciales de bancos y compañías de seguros a activos criptográficos” y autoriza a las entidades que realizan actividades criptográficas. También es responsable de evaluar los “riesgos para la estabilidad financiera” de los activos criptográficos, su uso para los pagos y sus implicaciones para la política monetaria.

El último regulador mencionado para el Reino Unido es la Autoridad de Conducta Financiera, que supervisa todas las empresas reguladas y las actividades de servicios financieros. Es responsable de la “Autorización y supervisión de las empresas que utilizan propuestas de activos criptográficos“, así como de la protección del consumidor y de las advertencias públicas sobre los activos criptográficos.

El FSB lo detalló:

Cualquier ficha que otorgue al titular de la misma los mismos derechos y obligaciones que una inversión específica se considera una ficha de seguridad y, por lo tanto, está regulada.

Además, el Consejo confirmó que “cualquier ficha que se ajuste a la definición de dinero electrónico entrará en el ámbito de aplicación del Reglamento de Dinero Electrónico“. Las empresas que utilizan fichas para facilitar los pagos regulados pueden entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento del Sistema de Pagos”.

Fuente: News.Bitcoin

Traducción de Andrés Martínez / DiarioBitcoin

Imagen de Pixabay

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