Por Angel Di Matteo   @shadowargel

Las autoridades fiscales españolas han aclarado cómo las leyes fiscales existentes en el país deberían ser aplicadas en caso de que algún intercambio Bitcoin se declare en banca rota, ya sea porque el mismo realmente se encuentre en situación de insolvencia o porque haya realizado una estafa a sus clientes.

La Dirección General de Tributos en España (DGT) ha recibido una pregunta por parte de un usuario Bitcoin quien afirmó haber perdido gran parte de sus ahorros después de invertir en la moneda digital.

De acuerdo con el caso expuesto, la persona depositó sus Bitcoin en un servicio de préstamos durante el 2013. Al final del año, el administrador de la página web anunció que dicho servicio BTC había sido víctima de un robo y por ende los depósitos de los clientes no podían ser devueltos.

A continuación, al usuario Bitcoin se le ofreció un reembolso por el valor del 5% de su saldo BTC depositado además de la restitución completa de sus fondos si accedía a no realizar más reclamos ante los entes judiciales ni emprender acciones legales en contra de la compañía.

Sospechando que había sido víctima de una estafa, el afectado rechazó la oferta y presentó su caso ante la policía española y ante las autoridades competentes. Sin embargo estos no pudieron brindarle apoyo porque las leyes del país no estaban claras sobre como actuar en estos casos.

La aclaratoria

En respuesta a la pregunta, la DGT señaló que este tipo de situaciones fueron cubiertas por la Ley del IRPF vigente y que, a fin de que las pérdidas deban ser consideradas como pérdida de capital por efectos fiscales, se debe aplicar bajo una de las siguientes condiciones:

-La reducción de la deuda ha sido aprobado por un juez.
-El deudor está en quiebra y hay una reducción de la deuda durante el procedimiento; o el crédito no se recupera después del procedimiento de quiebra.
-El crédito no recuperado todavía está pendiente un año después de que se inició el procedimiento formal.

Alejandro Gómez de la Cruz, abogado y fundador de la organización Law and Bitcoin, dijo en una entrevista a CoinDesk:

“Creo que la ley actual se ha interpretado correctamente. Si esta interpretación es positiva o no, creo que esto lo determinará como tal la comunidad”.

Cuando se le preguntó acerca de las implicaciones que podrían suponer las declaraciones emitidas por la DGT, el abogado dijo que esto podría ayudar a que las empresas Bitcoin perciban al estado español de forma mucho más amigable con relación a la moneda digital, ya que están abiertos a aclarar dudas y garantizar cierto grado de seguridad jurídica.

Recordemos que esta no es la primera vez que las autoridades españolas se han pronunciado sobre Bitcoin.

A principios de este año, la comunidad Bitcoin del país celebró la confirmación por parte del Ministerio de Hacienda donde aseguró que la moneda digital estaba exenta del pago del IVA.

Fuente: CoinDesk

ADVERTENCIA: Este es un artículo de carácter informativo. DiarioBitcoin es un medio de comunicación, no promociona, respalda ni recomienda ninguna inversión en particular. Vale señalar que las inversiones en criptoactivos no están reguladas en algunos países. Pueden no ser apropiadas para inversores minoristas, pues se podría perder el monto total invertido. Consulte las leyes de su país antes de invertir.